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RCV - Vehículos con placa nacional

SE PRECAVIDO, NO DEJES QUE EL PELIGRO SEA PARTE DE TU VIDA
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Responsabilidad Civil de Vehículos (RCV)

Chutos: Se tarifican como carga hasta 2 TM.
Remolques: Se tarifican como carga de acuerdo con la capacidad en TM.

Tipo de Cambio de Referencia (TCR): El tipo de cambio oficial  de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela.

CONDICIONES

A) Según capacidad Autorizada.
B) Autobuses y Minibuses. (Urbanos, Suburbanos e Interurbanos)

Las tarifas antes indicadas corresponden a vehículos con fines de lucro.

Cuando los Autobuses o Autobusetes sean usados para transporte escolar, por empresas dedicadas al turismo, para el transporte de personal de empresas o  instituciones o para uso exclusivamente particular, tendrán una rebaja de cuarenta por ciento (40%) sobre la prima correspondiente.

C) Motos Carros:

Para efectos de la aplicación de esta Tarifa, se entiende por motocarro todo  Vehículo tipo triciclo y cuya capacidad de carga no sea mayor de 750 Kg, como límite máximo de seguridad. Cuando la capacidad de carga supere los 750 Kg, el vehículo se clasificará según la categoría ¨Carga¨ de acuerdo a su capacidad  máxima.

Algo contundente

% de Aumento sobre Prima

Para vehículos que transportan materias inflamables, corrosivas, tóxicas o explosivas.

100%

Para vehículos pertenecientes a Cuerpos Policiales, de Bomberos, Ambulancias, Empresas de Vigilancia o de Transporte de Dinero o Valores.

60%

Para vehículos de cualquier grupo que remolquen  ocasionalmente o habitualmente: Lanchas,  motocicletas, casas rodantes, equipaje, vehículos de carrera y otros aparejos.

20%

Aplicación de la Cláusula Octava ¨Recargo de Primas¨

  1. Para cualquier renovación de la póliza, los porcentajes de recargo en caso de que el Asegurado hubiese presentado siniestro(s) en el período inmediatamente anterior, se aplicarán sobre las primas establecidas en esta tarifa. Estos porcentajes en ningún caso serán acumulables de un período a otro.
  2. Si en cualquier período de vigencia de la póliza el asegurado no hubiere presentado siniestros, la prima correspondiente al período siguiente será la prima estipulada en esta tarifa sin recargo alguno por este concepto.